La Inteligencia Artificial (IA) es un tema de creciente relevancia en la era digital que actualmente estamos viviendo. A medida que la IA avanza y se integra en diferentes campos, surgen desafíos y oportunidades relacionadas con la protección y el uso de la Propiedad Intelectual.
Para abordar este tema, considero necesario definir los dos conceptos:
La inteligencia Artificial, hace referencia a sistemas informáticos que buscan imitar la función cognitiva humana a través de máquinas, procesadores y software con el propósito de realizar tareas de procesamiento y análisis de datos. Abarca desde programas de computación como asistentes virtuales, motores de búsqueda a sistemas de reconocimiento de voz y rostro, hasta sistemas integrados como robots, drones y vehículos automotores.
La Propiedad Intelectual, abarca con sus normas la protección a todo lo referente a la actividad creativa de la mente humana, desde las obras de arte, hasta las invenciones, los programas informáticos, las marcas y otros signos distintivos.
Habiendo establecido conceptos sencillos sobre Inteligencia Artificial y Propiedad Intelectual, nos referiremos concretamente a los desafíos que la relación entre ambas actualmente presenta.
Un primer desafío que podemos mencionar, está relacionado con la necesidad de reconfigurar o determinar criterios de quienes se consideran dentro de la Inteligencia Artificial como sujetos y objetos, teniendo en cuenta que la Inteligencia Artificial y en especial los sistemas de aprendizaje automatizados, son diseñados por personas y las mismas realizan tareas humanas, y tienen la capacidad de crear, sin que ninguna persona como tal, participe en los productos creados. Hoy en día en medio del auge de la Inteligencia Artificial, se genera la interrogante o la inquietud, si el derecho de la Propiedad Intelectual, es el sistema normativo para regular a la Inteligencia Artificial. Además, surgen cuestionamiento en cuanto a cómo calificar jurídicamente a los productos de la inteligencia artificial, éstos pueden se tenido como obras, o bien pueden ser consideradas como infracciones. ¿En qué casos si y cuales no se debe reconocer la autoría sobre la creación algorítmica? ¿Cuáles contribuciones creativas serán suficientes para hacerlo?
El debate ya planteado hasta hace ya bastante tiempo atrás, se ha reactivado por haberse suscitado ya varios conflictos. En ese contexto, ya se vienen dando reclamos de autores y creadores, que denuncian la violación de sus derechos por incluir determinadas empresas obras o creaciones suyas, sin la debida autorización. Casos como estos, obligan a las autoridades judiciales a estudiar y profundizar sobre las tecnologías, con miras a poder resolver conflictos, sin embargo, no siempre tienen las herramientas y el conocimiento técnico suficiente para hacerlo. De ello, se ve la necesidad imperiosa de abordar su estudio en profundidad, vemos que uno de los aspectos más complicados de la relación en Propiedad Intelectual e Inteligencia Artificial es la generación de contenido por parte de las máquinas. A medida que la IA genera obras literarias, música, arte más sobreviene el cuestionamiento de quien es el autor de estas creaciones.
Las normas de Propiedad Intelectual recaen tradicionalmente en creadores humanos, lo cual plantea un desafío para reconocer la autoría de las obras generadas por algoritmo. Es de trascendental importancia el abordar este tema desde una perspectiva legal y ética para asegurar una justa protección.
En cuanto a esta relación entre Propiedad Intelectual e Inteligencia artificial, se tienen que considerar asimismo que la protección que otorga la Propiedad Intelectual, implica cuestiones de patentes, derechos de autor y secretos comerciales. Las empresas que desarrollan algoritmos de innovación y tecnología de Inteligencia Artificial, se enfrentan al dilema, si deben patentar sus creaciones o mantenerlas como secretos. Si se elige la protección mediante patente, se obtiene exclusividad por un periodo determinado, lo que indudablemente permite la monetización y el reconocimiento. Por otro lado, si se elige, mantener la invención en secreto, puede protegerla de imitaciones, pero no le otorga la protección legal requerida. Además, hay que tener en cuenta que mantener secretos a largo plazo, puede ser desafiante en el entorno de la Inteligencia Artificial, teniendo en cuenta que las tecnologías evolucionan rápidamente y los secretos también pueden filtrarse. Se constata así que cada escenario presenta sus riesgos, pros y contras, dependiendo de la estrategia y objetivo del creador, así como de la industria y el contexto en el que cada empresa o bien unión de empresas opera. Mas y ante todo que en la actualidad, las normas de la Propiedad Intelectual no son plenamente aplicables a las creaciones de inteligencia artificial por el controversial aspecto de la titularidad de las creaciones.
En este contexto se requiere un enfoque equilibrado para garantizar la protección de las innovaciones. Siendo compleja y desafiante la intersección entre la Propiedad Intelectual y la IA, esto implica la necesidad de reconsiderar las normas con el objetivo de generar nuevas formas de regulación y protección que sigan cumpliendo con los fines específicos de incentivar la creación y la innovación y el emprendimiento, pero que al mismo tiempo integre las nuevas tecnologías de manera transparente y responsable con nuevas tendencias en normativas, no solo nacionales, sino que estas sean de carácter mundial, buscando el equilibrio ético entre los actores intervinientes de esta nueva realidad.
Dentro de la conexión existente entre estos dos conceptos, y fuera del debate establecido, resulta importante resaltar que la IA, hoy en día está colaborando de manera eficaz con la Propiedad Intelectual tanto en las oficinas nacionales, como bufete de abogados. Aspectos como: Ayudar a identificar infracciones de derechos de autor, de marcas registradas en línea, agilizando el proceso de aplicación de sus normas.
Los sistemas de Inteligencia Artificial están en posibilidad de acelerar la búsqueda y análisis de patentes existentes, facilitando su investigación y desarrollo. Así también, la Inteligencia Artificial puede identificar contenido copiado o plagiado, salvaguardando los derechos de sus creadores. Puede ayudar a las empresas a administrar y optimizar su estrategia de Propiedad Intelectual de manera más efectiva.
Así es como tenemos un camino enorme por recorrer para normar a la IA. No obstante ello, nos corresponde tomar consciencia de las implicancias que la misma ya tiene en todos los campos de nuestra vida, teniendo consciencia que la misma puede convertirse en una herramienta útil para incrementar nuestra productividad si la utilizamos de una manera ética, legal y justa, sin permitir desde luego, que absorba nuestra esencia de ser humanos.